INFORMACION PARA LA HABILITACION DE VIGILANTES DE SEGURIDAD.
[ Requisitos ] [ Funciones ] [ Habilitación ] [ Tramites ] [ Temario ]
Requisitos para Vigilantes de Seguridad Para poder participar en las pruebas de selección que convoque la Secretaría de Estado, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a. Ser mayor de edad y no haber cumplido los cincuenta y cinco años.
b. Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
c. Estar en posesión del título de graduado escolar, de graduado en educación secundaria, de formación profesional de primer grado, u otros equivalentes o superiores.
d. Poseer la aptitud física y la capacidad psíquica necesarias para el ejercicio de las funciones de vigilante de seguridad sin padecer enfermedad que impida el ejercicio de las mismas y reunir los requisitos necesarios para poder portar y utilizar armas de fuego, a tenor de lo dispuesto al efecto en el Real Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre, por el que se regula la acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada.
e. Carecer de antecedentes penales.
f. No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, del secreto a las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.
g. No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de seguridad.
h. No haber sido separado del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
i. No haber ejercido funciones de control de las entidades, servicios o actuaciones de seguridad, vigilancia o investigación privadas, ni de su personal o medios, como miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en los dos años anteriores a la solicitud. j. Poseer diploma acreditativo de haber superado el curso o cursos de vigilante de seguridad expedido por un centro de formación de seguridad privada autorizado por la Secretaría de Estado de Seguridad.
El personal con las denominaciones de Guarda de Seguridad, Controlador u otras de análoga significación deberá haber desempeñado funciones de vigilancia y de control en el interior de inmuebles con anterioridad al día 31 de enero de 1996. [ Requisitos ] [ Funciones ] [ Habilitación ] [ Tramites ] [ Temario ]
Funciones de los Vigilantes de Seguridad
Sólo podrán desempeñar las siguientes funciones:
Ejercer la vigilancia y protección de bienes muebles e inmuebles, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos.
Efectuar controles de identidad en el acceso o en el interior de inmuebles determinados, sin que en ningún caso puedan retener la documentación personal. Evitar la comisión de actos delictivos o infracciones en relación con el objeto de su protección. Poner inmediatamente a disposición de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a los delincuentes en relación con el objeto de su protección, así como los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos, no pudiendo proceder al interrogatorio de aquéllos. Efectuar la protección del almacenamiento, recuento, clasificación y transporte de dinero, valores y objetos valiosos. Llevar a cabo, en relación con el funcionamiento de centrales de alarma, la prestación de servicios de respuesta de las alarmas que se produzcan, cuya realización no corresponda a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Deberán seguir las instrucciones que, en el ejercicio de sus competencias, impartan los responsables de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, siempre que se refieran a las personas y bienes de cuya protección y vigilancia estuviesen encargados los vigilantes, colaborando con aquéllos en casos de suspensión de espectáculos, desalojo o cierre provisional de locales y, en general, dentro de los locales o establecimientos en que presten su servicio, en cualquier situación en que sea preciso para el mantenimiento y restablecimiento de la seguridad ciudadana.
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Habilitación de Vigilantes de Seguridad Privada
Antes de presentarse a las pruebas de selección que convoque la Secretaría de Estado de Seguridad y cuya superación habilitará para el ejercicio de la correspondiente profesión, previa expedición de la tarjeta de identidad profesional, los aspirantes a vigilantes de seguridad, habrán de superar, en ciclos de al menos ciento ochenta horas y seis semanas lectivas, en los centros de formación autorizados, los módulos profesionales de formación que se determinan en la Resolución de 19-01-96, de la Secretaría de Estado de Interior (B.O.E. núm. 27, de 31 de enero), en su redacción dada por la Resolución de 18-01-99, de la Secretaría de Estado de Seguridad (B.O.E. núm. 24, de 28 de enero). Con la solicitud de participación en las pruebas de selección para vigilantes de seguridad, deberán presentarse los siguientes documentos:
- Instancia de solicitud de admisión ( fichero pdf )
- Justificante de haber efectuado el ingreso de las Tasas por participación en exámenes y pruebas para vigilantes de seguridad privada (el "ejemplar para la Administración" del impreso Modelo 790, Código de Tasa 015, que será facilitado en la División de Formación y Perfeccionamiento o en cualquier dependencia del Cuerpo Nacional de Policía).
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad , o Tarjeta de residencia o de Identidad, en vigor, de los solicitantes extranjeros.
La instancia se presentará preferentemente en cualquier Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Si se presenta en Madrid, se hará preferentemente en la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía, Avenida de Pío XII, núm. 50, 28071, sede del Tribunal.

En el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del Acuerdo del Tribunal por el que se haga pública la relación de participantes que han superado las pruebas, éstos deberán presentar directamente o remitir a la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía, Avenida de Pío XII, núm. 50, 28071-Madrid , o cursar a dicha División a través de Dependencias Policiales, Cuarteles de la Guardia Civil, Oficinas de Correos o cualquier otra dependencia de las señaladas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:
Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad , en el caso de los aspirantes españoles y, en el caso de los aspirantes extranjeros, fotocopia compulsada de la Tarjeta de residencia o de Identidad en vigor o, en su defecto, la del Pasaporte.
Certificado original de antecedentes penales, expedido por el Registro Central de Penados y Rebeldes para los españoles y extranjeros residentes en España, y documento original y equivalente que surta los mismos efectos para los solicitantes extranjeros no residentes.
Estarán exentos de presentar este certificado los españoles y extranjeros residentes en España que en su instancia hayan autorizado expresamente a la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía su petición de oficio al Registro Central de Penados y Rebeldes. Certificado del título de graduado escolar, de graduado en educación secundaria, de formación profesional de primer grado, u otros equivalentes o superiores, o sus equivalencias u homologaciones cuando aquellos estudios no hubieran sido cursados en España.
Aquellos aspirantes que hubieran cursado sus estudios en un sistema educativo distinto al sistema educativo general español, deberán acreditar los mismos mediante certificación u homologación, en su caso, expedida por el Ministerio de Educación, Cultura y deporte, o por el organismo competente de la Comunidad Autónoma correspondiente cuando tengan competencia para ello. Informe original de aptitud psicofísica necesaria para prestar servicios de seguridad privada, que habrá de obtenerse en la forma prevenida en el Real Decreto 2487/1998 y Orden de 14 de enero de 1999 del Ministerio del Interior. Diploma o certificación, o copia compulsada de ellos, acreditativos de haber superado el curso correspondiente a los módulos profesionales de formación de vigilante de seguridad, expedido por un centro de formación de seguridad privada autorizado por la Secretaría de Estado de Seguridad.
Declaración jurada o promesa de cumplir los requisitos establecidos en los apartados f), g), h) e i) del apartado "Requisitos" . (Fichero pdf)
Los aspirantes a vigilantes de seguridad y sus especialidades procedentes del personal con las denominaciones de guarda de seguridad, controlador u otras de análoga significación, deberán aportar además justificante acreditativo de desempeñar o haber desempeñado funciones de vigilancia y de control en el interior de inmuebles, con anterioridad al día 31 de enero de 1996, lo que puede acreditarse mediante copia compulsada del contrato de trabajo o informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social o cualquier otro documento que, a juicio del Tribunal, se estime suficientemente acreditada aquella circunstancia.
Los documentos acreditativos de los requisitos exigidos, tanto originales como copias de los mismos, deberán ser acompañados de la traducción autenticada al castellano, si estuvieran redactados en otros idiomas .
En todo caso, cuando los documentos presentados sean fotocopia del original deberán ser debidamente autorizados o compulsados. La compulsa deberá afectar, en su caso, a la totalidad de las páginas del documento y, cuando proceda, a las dos caras de las mismas, no considerándose válida cuando carezca de identificación personal y firma del funcionario que la extienda. A estos efectos no se aceptarán los documentos transmitidos por telefax u otros sistemas análogos. Cuando se aleguen equivalencias u homologaciones de títulos obtenidos o estudios cursados, dicha circunstancia deberá asimismo, acreditarse por el interesado. En otro caso, no será tenida en cuenta.
Exenciones de acreditación de requisitos:
a) El personal de seguridad privada, debidamente autorizado, que haya permanecido inactivo más de dos años y deba superar nuevas pruebas según exige el artículo 10.5 de la citada Ley 23/1992 , de 30 de julio, de Seguridad Privada, y el que no haya canjeado sus anteriores títulos-nombramientos de Vigilantes Jurados, no necesitarán acreditar la obtención del diploma en los Centros de Formación a que se refiere el apartado sexto de la Orden de 7 de julio de 1995, del Ministerio de Justicia e Interior ("Boletín Oficial del Estado" número 169, del 17), ni se les exigirá el requisito de no haber cumplido cincuenta y cinco años, estando eximidos de acreditar estar en posesión del certificado de título de graduado escolar, de graduado en educación secundaria, de formación profesional de primer grado u otras equivalentes o superiores.
Sin embargo, sí será necesario que presente certificación de su habilitación anterior, expedida por la Unidad Central de Seguridad Privada o por la Delegación o Subdelegación del Gobierno correspondientes.
b) El requisito de no haber cumplido los cincuenta y cinco años de edad, no se exigirá a los aspirantes a vigilantes de seguridad que bajo las denominaciones de Guarda de Seguridad, Controlador u otras de análoga significación, hubiera venido desempeñando funciones de vigilancia y de control en el interior de inmuebles, con anterioridad al día 31 de enero de 1996.
MÓDULO O ÁREA JURÍDICA
TEMA 1.- La Constitución Española: Derechos fundamentales relacionad
os con la vida, la integridad, la libertad y la seguridad de las personas. Especial referencia a lo que las leyes y jurisprudencia establecen respecto a cacheos y registros. Derecho Penal: TEMA 2.- La infracción penal: Definición y breve descripción de sus notas constitutivas. Dolo o imprudencia. Delitos y faltas. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. El uso de instrumentos de defensa (incluidas armas de fuego) dentro de la legítima defensa, estado de necesidad, miedo insuperable, cumplimiento de un deber o ejercicio de un derecho, oficio o cargo. TEMA 3.- Las personas criminalmente responsables de los delitos y las faltas. TEMA 4.- Homicidio y sus formas. Lesiones. TEMA 5.- Delitos contra las libertades: Detenciones ilegales, secuestros, amenazas y coacciones. TEMA 6.- Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico: Robo, hurto, daños, receptación y otras conductas afines. TEMA 7.- Delitos de falsedades documentales. TEMA 8.- Delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizadas por la Constitución. TEMA 9.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la imagen y la inviolabilidad del domicilio: Domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público. Omisión del deber de socorro. Derecho Procesal Penal: TEMA 10.- La denuncia. Concepto. La obligación de denunciar: a) Con respecto a los delitos de carácter público; b) con respecto a los delitos de carácter no público. TEMA 11.- La detención. Facultades atribuidas a este respecto por nuestro ordenamiento jurídico a las personas no revestidas de los atributos de agente de policía judicial. TEMA 12.- Los vigilantes de seguridad y escoltas privados como auxiliares de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el campo de la persecución de las infracciones penales: Pautas de actuación. Especial referencia a su labor en la preservación de instrumentos de prueba. TEMA 13.- Los derechos del detenido según nuestro ordenamiento jurídico y su tramitación por parte del sujeto activo de la detención. Derecho Administrativo Especial: TEMA 14.- Autoridades competentes en materia de seguridad. Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de las Comunidades Autónomas, y de las Corporaciones Locales. Descripción elemental de su estructura y competencias. Normativa reguladora de la policía estatal y de las policías autonómicas.
TEMA 15.- Ley de Seguridad Privada. Notas características. Servicios y actividades autorizados a las empresas de seguridad. Ley Orgánica 1/1992:
aspectos penales y administrativos de la tenencia y consumo ilícito de drogas.
TEMA 16.- Personal de seguridad privada: Clasificación, requisitos y procedimiento de habilitación. Funciones de los vigilantes de seguridad y escoltas privados. Uniformidad, distintivos y armamento. Régimen sancionador.
Derecho laboral:
TEMA 17.- Concepto de contrato laboral. Concepto de derecho de negociación colectiva. Derecho de huelga según el ordenamiento jurídico español.
TEMA 18.- El convenio colectivo en el sector de seguridad privada.
Práctica jurídica:
TEMA 19.- Confección de documentos y escritos. Redacción de informes y partes diarios: Contenido. Redacción de informes de incidencias: Contenido y puntos esenciales de la misma.
MÓDULO O ÁREA SOCIOPROFESIONAL
TEMA 1.- Identificación. Técnicas de descripción de personas y cosas. Especial referencia a este respecto a la atención, percepción y memoria.
TEMA 2.- Las relaciones humanas y la seguridad. El sentimiento de inseguridad. La actitud e imagen del vigilante de seguridad privada ante la seguridad e inseguridad.
TEMA 3.- La deontología profesional. Ética y conducta del personal de seguridad privada. Las relaciones profesionales con: Personal protegido, medios de comunicación, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y público en general.
TEMA 4.- Las relaciones profesionales en la empresa. Relaciones jerárquicas. Comunicación interpersonal: Tipos y factores modificantes.
TEMA 5.- El autocontrol. El pánico y sus efectos. El miedo. El estrés. Técnicas de autocontrol.
MÓDULO O ÁREA TÉCNICOPROFESIONAL
TEMA 1.- La seguridad. Nociones generales. El sistema integral de seguridad. Teoría esférica de la seguridad. Zonas y áreas de seguridad.
TEMA 2.- Los medios técnicos de protección (I). Elementos pasivos: La seguridad física. Sistemas de cierre perimetral. Muros, vallas, puertas, cristales blindados, esclusas y otros elementos. Fiabilidad y vulnerabilidad al sabotaje.
TEMA 3.- Los medios técnicos de protección (II). Elementos activos: Seguridad electrónica. Detectores de interiores y exteriores. El circuito cerrado de televisión. Fiabilidad y vulnerabilidad al sabotaje.
TEMA 4.- La central de control de alarmas. Organización y funciones. Los sistemas de control y alarmas. Procedimiento de reacción ante alarmas: El enlace con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
TEMA 5.- La detención. La procedencia del cacheo y del esposamiento: Supuestos: La conducción y custodia del detenido.
TEMA 6.- La autoprotección. Técnicas y procedimiento de autoprotección personal: En el trabajo, en el domicilio, en los desplazamientos, en otros lugares.
TEMA 7.- La protección de edificios: En domicilios, establecimientos, grandes superficies y centros de concentración de masas por espectáculos públicos.
TEMA 8.- El control de accesos. Finalidad. Organización: Medios humanos y materiales. Procedimiento de actuación: Identificación, autorización, tarjeta acreditativa y registro documental de acceso.
TEMA 9.- La protección de polígonos industriales y urbanizaciones. Características de estas zonas. Rondas de vigilancia a pie y en vehículo. Recorridos y frecuencias. Procedimientos de actuación: Identificación de personas.
TEMA 10.- La protección de fondos, valores y objetos valiosos (I). El transporte de estos materiales: Características de los medios humanos y materiales. Medidas de seguridad antes, durante y después del servicio. Técnicas de protección. Ofensivas y defensivas.
TEMA 11.- La protección de fondos, valores y objetos valiosos (II). Protección del almacenamiento. Recuento y clasificación. Medios técnicos empleados en cámaras acorazadas.
TEMA 12.- La protección de pruebas e indicios. Procedimiento de protección. La recogida de pruebas e indicios con carácter excepcional.
TEMA 13.- La falsificación de documentos y monedas. La falsificación de documentos: Documento nacional de identidad, pasaporte, carnet de conducir. La falsificación de monedas: Billetes de banco y monedas.
TEMA 14.- La protección ante artefactos explosivos. Actuación ante amenaza de colocación de un artefacto explosivo. Planes de emergencia y evacuación. Concepto. Clases. El control de personal y objetos: Paquetería y correspondencia. Control y requisa de vehículos. Colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
MÓDULO O ÁREA INSTRUMENTAL
TEMA 1.- Los sistemas de comunicación (I). Las telecomunicaciones. Los radioteléfonos. El teléfono. El telefax.
TEMA 2.- Los sistemas de comunicación (II). La informática. Concepto. Aplicaciones. Sistemas autónomos y conexión en red.
TEMA 3.- Medios de detección. La utilización de detectores de metales, explosivos y elementos radiactivos. Manejo y precauciones.
TEMA 4.- La protección contra incendios. Sistemas de detección: Detectores y avisadores. Mecanismo de extinción de incendios. Agentes extintores. Mangueras. Extintores. Prácticas de manejo de mangueras y extintores.
TEMA 5.- Técnicas de primeros auxilios (I). Concepto. Contenido de las técnicas. Limitaciones. Concepto de urgencia.Orden de prioridad para la asistencia. El control de hemorragia. Técnica de respiración artificial y reanimación cardiovascular.
TEMA 6.- Técnicas de primeros auxilios (II). El traslado de heridos: A pie, en camilla, en vehículos. Primeras actuaciones en caso de accidente con traumatismos: Craneoencefálico, torácicos, abdominales, de columna vertebral, fracturas y luxaciones.
TEMA 7.- La preparación física. Entrenamiento para superar las pruebas de flexión de brazos en suspensión pura (hombres), levantamiento de balón medicinal (mujeres), velocidad (50 metros), salto vertical y resistencia general (1000 metros).
TEMA 8.- La defensa personal (I). Fundamentos. Posiciones fundamentales de defensa, ataque y desplazamientos. Técnicas de bloqueo y percusión. Técnicas de luxación: Muñeca, codo y hombro.
TEMA 9.- La defensa personal (II). Defensa contra los ataques a órganos de frente, espalda y brazos. Las estrangulaciones. Defensa contra ataques de puño y pierna.
TEMA 10.- La defensa personal (III). Defensa contra arma blanca y arma de fuego. Reducciones. Cacheos y esposamientos.
TEMA 11.- Técnicas de empleo de la defensa. Característica de la defensa. Casuística de su utilización.
TEMA 12.- Armamento. Armas reglamentarias para su utilización por el vigilante de seguridad. Estudio de las armas reglamentarias. Cartuchería y munición. Conservación y limpieza. Su tratamiento en el Reglamento de Armas.
TEMA 13.- Normas de seguridad en el manejo de armas. Generales y específicas. El principio de proporcionalidad.
TEMA 14.- Tiro de instrucción. Prácticas de fuego real con las armas reglamentarias.

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